¿Una buena noticia "por omisión" en medio del horror de las Responsa ad dubia sobre Traditionis Custodes? Eso interpreta, con un buen análisis, la Latin Mass Society:
"Como se señala en las notas canónicas de la Latin Mass Society , hay un par de puntos en la Responsa ad dubia de la Congregación para el Culto Divino sobre los cuales hay buenas noticias. En ambos casos se indican mediante silencio.
Primero, las Responsa guardan silencio sobre la celebración de los ritos tradicionales durante el Triduo Pascual, que el Cardenal Vicario de Roma, Cardenal De Donatis, intentó prohibir en Roma. De hecho, fue algo extraño, sin una pizca de justificación en el texto de Traditionis Custodes, y provocó muchos comentarios. Obviamente, la Congregación para el Culto Divino conocía el tema y decidió no comentarlo. Dado el detalle de las limitaciones a las celebraciones de la Misa antigua que sí incluye, esto es un claro indicio de que no quieren extender esta arbitraria prohibición a todo el mundo, es decir que no creen que sea una interpretación razonable de Traditionis Custodes.
En segundo lugar, las Responsa guardan silencio sobre la celebración privada de la Misa Tradicional. Por razones que se me escapan, muchos obispos, incluidos los obispos de Inglaterra y Gales, han tratado de insistir en que se necesita su permiso para que un sacerdote celebre incluso una Misa Tradicional privada (Un ejemplo es el decreto del arzobispo McMahon para su diócesis, Liverpool).
Parece que no hay absolutamente ninguna base en el texto de Traditionis Custodes para apoyar este requisito... no cabe duda de que la Congregación conocía el tema y sabía que existían opiniones diferentes al respecto. No obstante, la Congregación ha optado por no comentar sobre el tema o corregir la "interpretación suelta" de la Latin Mass Society al respecto. Nuevamente, en el contexto de las restricciones adicionales, a veces problemáticas, que se imponen a las celebraciones en las Responsa, parece que han decidido dejarlo ir.
... No se parte de la suposición de que las cosas están prohibidas y luego se buscan los permisos. ¿Es la Iglesia una especie de campo de concentración? No: las cosas están permitidas hasta que están prohibidas. Es porque no estaban prohibidas en Traditionis Custodes, que hemos asumido que no estaban prohibidos hasta ahora. El continuo silencio de la Congregación para el Culto Divino confirma que no ha habido ningún intento de prohibirlos.
De hecho, este es un principio del derecho canónico, establecido en el Canon 18: Las leyes que establecen una pena, restringen el libre ejercicio de derechos o contienen una excepción a la ley están sujetas a una interpretación estricta [es decir, restringida].
El permiso universal para que los sacerdotes de rito latino celebren la Misa Antigua 'en privado' es de considerable importancia. Significa que será posible y práctico que los sacerdotes que aún no han recibido permiso para celebrarla en público puedan aprender la Misa y practicar la celebración en privado, como de hecho suele ocurrir cuando un sacerdote quiere empezar a celebrarla. ¿Pueden los fieles asistir a tales celebraciones? No solo pueden, sino que es muy recomendable.
El Papa Benedicto in Sacramentum Caritatis (2007) 80 escribió: “Me uno a los Padres sinodales en la recomendación de" la celebración diaria de la Misa, incluso cuando los fieles no están presentes ".
Esto debe leerse con el canon 906: "Salvo una causa justa y razonable, un sacerdote no debe celebrar el sacrificio eucarístico sin la participación de al menos algún miembro de los fieles".
Así, las misas que son literalmente sine populo, sin ningún fiel, son mejores que no celebrar la misa en absoluto: el valor de la misa y el beneficio espiritual personal del sacerdote es suficiente justificación para celebrarlo solo. Sin embargo, las Misas que son "privadas" en el sentido normal, de no ser anunciadas y tal vez no estar programadas regularmente, deberían, si es posible, tener al menos un servidor; Cualquiera que desee asistir, por supuesto, puede hacerlo: ¡es bueno ir a misa, no está mal! Y si están presentes, pueden recibir la Sagrada Comunión (véanse los Cánones 912 y 918)".
(Nota de AL): Huelga decir que estas reflexiones pueden ser útiles para sacerdotes que tengan escrúpulos de conciencia por las últimas normativas emanadas de Roma. Nuestra opinión es que el Rito Romano Tradicional, nunca abolido, no puede en modo alguno ser prohibido ni limitado. Y que San Pío V, que no lo inventó, sino que reconoció su carácter sacrosanto, perfección e imprescriptibilidad, lo dejó zanjado por siempre jamás.
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