martes, 25 de enero de 2022

Sobre el sacramento de la Confirmación

Extractos de un artículo de opinión publicado en Rorate Caeli sobre la administración del sacramento de la Confirmación con el Rito Romano Tradicional en el presente estado de guerra litúrgica:

"El sacramento de la confirmación es, y siempre será, el reflejo del vínculo del alma con la Iglesia universal, particularmente con los obispos como sucesores de los Apóstoles, sobre quienes descendió el Espíritu Santo en Pentecostés. Para ser claros, este autor y este artículo afirman inequívocamente la enseñanza y los anatemas de la 7ª sesión del Concilio de Trento, que el ministro ordinario de la Confirmación es un obispo y no un simple sacerdote. Y sin embargo, el Concilio de Basilea-Ferrara-Florencia, en la Sesión 8 y dentro del Decretum pro Armenis, afirma que un sacerdote puede confirmar en casos urgentes. En tiempos en que los inimici manifestide la fe católica no son tanto externos sino internos (y, lamentablemente, incluso jerárquicos), el recurso a estos medios extraordinarios de jurisdicción no sólo es lícito sino necesario. Asegurar la comunión eclesiástica a través de los Sacramentos debe realizarse también diacrónicamente con la Iglesia histórica y, muy especialmente, con la revelación divina...

Se tiene tanto derecho a los ritos tradicionales de la Iglesia como a escuchar la proclamación de la Palabra de Dios, a rezar el Rosario, a acercarse a los Sacramentos en general. Esta es una consideración teológica que trasciende los límites del juridismo y el ejercicio del poder absoluto por parte de eclesiásticos influenciados por liturgistas radicales.

Ninguna autoridad, ni siquiera de las más altas esferas de la Iglesia, puede sustraer los derechos que los sacerdotes y fieles de rito romano tienen sobre la Tradición apostólica, de la que los ritos tradicionales forman a la vez monumento y parte integrante. 
Ergo, aquellos que tienen la facultad de confirmar deben continuar haciéndolo, haciendo pleno uso de los ritos tradicionales, un texto que se encuentra no solo en el Pontificale Romanum y el Rituale Romanum, sino también en el Missale Romanum. Mientras que la nueva fórmula del sacramento en el Rito Romano promulgada en septiembre de 1971 por Pablo VI en Divinae Consortium Naturae es ciertamente válida, siendo meramente una forma activa de la fórmula bizantina pasiva, la El rito alternativo de Pablo VI (y la forma sacramental diferente concomitante) no incide (¡y nunca podría!) en la validez tradicional de la fórmula clásica. De manera similar, la fórmula del rito dominicano tradicional de absolución sacramental difiere de la fórmula del rito romano clásico. Esta legítima variación, incluso en las formas sacramentales, no debería causar ningún escrúpulo de conciencia, ni siquiera al más ardiente liturgista de las reformas paulinas.

El Código de Derecho Canónico de 1983 concede a todos los presbíteros la facultad:
• en peligro de muerte (canon 833, 3)

A los capellanes (hospitalarios, militares, etc.) se les concede por el canon 566, §1 , la facultad de conferir el sacramento de la confirmación por el derecho mismo a los que están en peligro de muerte.

• En la actual crisis de atención médica, sería prudente tomar una interpretación lo más amplia posible de este permiso; para incluir no solo los peligros naturales del virus COVID-19, sino también el peligro espiritual de muerte que implica aislarse del depositum fidei.

Admonitiones pro sacerdotibus:
• Examina tu pagella diocesana. Su ley particular (arqui)diocesana puede otorgar a sus sacerdotes facultades especiales para la confirmación. Por ejemplo, una diócesis ha otorgado facultades para confirmar:
◦ a los párrocos (párrocos) y vicarios parroquiales
▪ bautizar a los adultos (incluso los que no residen dentro de los límites territoriales de la parroquia) y confirmar inmediatamente sin referir este asunto al Obispo (canon 863).
▪ Confirmar a aquellos adultos no católicos en el momento de su recepción en la Iglesia (canon 883, § 2)
▪ Para confirmar católicos adultos dentro de la parroquia en la Vigilia Pascual o una vez durante la Temporada Pascual sin el permiso por escrito del Obispo.
• En esta diócesis en particular, el Obispo también concede a los párrocos la facultad de subdelegar esta facultad a cualquier sacerdote.

• En aquellas diócesis donde no se conceda de manera estable la delegación a tales sacerdotes para confirmar, no duden en solicitar al obispo diocesano facultades y delegación para confirmar.
◦ De esta manera, el uso del rito tradicional se puede realizar, aunque sea en silencio.

Admonitiones pro laicis:
• No dudes:
En recurrir a las capillas de la Fraternidad Sacerdotal de San Pío X (SSPX) para los sacramentos, particularmente en este caso para la confirmación.
▪ En virtud del canon 883, sus obispos son legalmente ministros ordinarios del sacramento. Esto nunca ha sido discutido.
Acercarse a los párrocos que saben que están predispuestos a la Misa tradicional con sus solicitudes de confirmación para cualquier persona que necesite el sacramento.
◦ Acercarse a los capellanes de los hospitales para el sacramento de la confirmación..."

Rorate Caeli

4 comentarios:

  1. El verdadero Hermenegildo25 de enero de 2022, 8:02

    En Inglaterra se están cancelando las confirmaciones por el rito tradicional:

    https://gloria.tv/post/BKfRAiP87Uy61mPMkjCjj8ZAZ

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  2. Celebro el cambio de criterio de esta página respecto de la FSSPX. Antes, por ejemplo, no se publicaban aquí fotos de la Hermandad, salvo en circunstancias muy excepcionales.

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    1. Siempre publicamos noticias que favorecieran el entendimiento entre Roma y la FSSPX, es cierto que fotos de celebraciones rara vez. Ahora, la necesidad imperiosa de proteger el Rito Romano secular de la Iglesia implica dar más presencia a la FSSPX.

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    2. En esta situacion solo seria valida (salvo en caso de peligro de muerte)la confirmacion dada por un obispo.

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