martes, 4 de abril de 2017

El Papa concede la FSSPX la facultad de celebrar matrimonios

Su Eminencia el Cardenal Müller, Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe y Presidente de la Pontificia Comisión Ecclesia Dei, y Monseñor Guido Pozzo, Secretario de Ecclesia Dei, han hecho pública una carta dirigida a obispos y cardenales, en la que Su Santidad el Papa Francisco reconoce la validez canónica de los matrimonios celebrados por sacerdotes de la Fraternidad Sacerdotal de San Pío X, y regula las inscripciones de dichos matrimonios. 

Publicamos el texto, tomado de la web Adelante la Fe:
CARTA DE LA PONTIFICIA COMISIÓN «ECCLESIA DEI»
A LOS PRELADOS DE LAS CONFERENCIAS EPISCOPALES INTERESADAS
ACERCA DE LA LICENCIAPARA LA CELEBRACIÓN DE LOS MATRIMONIOS
DE LOS FIELES DE LA FRATERNIDAD DE SAN PÍO X 
Eminencia:
Excelencia Rvma.:
Como Vd. sabe, desde hace algún tiempo se están realizando encuentros e iniciativas para conseguir la plena comunión con la Iglesia de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X. En concreto, recientemente el Santo Padre ha decidido conceder a todos los sacerdotes del mencionado Instituto las facultades para confesar válidamente (cf. Carta Apostólica Misericordia et misera, n. 12), asegurando la posibilidad de que la absolución sacramental de los pecados por ellos administrada sea recibida válida y lícitamente.
En la misma línea pastoral, que pretende tranquilizar la conciencia de los fieles –no obstante, que la situación canónica de la Fraternidad S. Pío X continúa siendo, por ahora, objetivamente ilegítima– el Santo Padre, a propuesta de la Congregación para la Doctrina de la Fe y de la Comisión Ecclesia Dei, ha decidido autorizar a los Reverendísimos Ordinarios a que concedan las licencias para asistir a los matrimonios de fieles que siguen la actividad pastoral de la Fraternidad, según las siguientes indicaciones.
Siempre que sea posible, el Obispo delegará a un sacerdote de la Diócesis para asistir a los matrimonios (o bien, a un sacerdote de otra circunscripción eclesiástica con las debidas licencias) recibiendo el consentimiento de los cónyuges durante la celebración del matrimonio que en la liturgia del Vetus Ordo se realiza al inicio de la Santa Misa. Ésta la celebra, después, un sacerdote de la Fraternidad.
Allí donde ello no sea posible o no haya sacerdotes de la Diócesis que puedan recibir el consentimiento de las partes, el Ordinario puede conceder directamente las facultades necesarias a un sacerdote de la Fraternidad que celebrará también la Santa Misa, advirtiéndole de la obligación de hacer llegar cuanto antes a la Curia diocesana la documentación del matrimonio celebrado.

A los Prelados de las Conferencias Episcopales interesadas
Este Dicasterio confía en Su colaboración con la convicción de que con estas indicaciones no sólo se podrán remover los escrúpulos de conciencia de algunos fieles unidos a la FSSPX y la falta de certeza sobre la validez del sacramento de matrimonio, sino que al mismo tiempo, se avanzará hacia la plena regularización institucional.
El Sumo Pontífice Francisco, el 24 de marzo de 2017, en la audiencia concedida al Cardinal Presidente, ha aprobado la presente Carta y ha ordenado su publicación.
Dada en Roma, en la Sede de la Congregación para la Doctrina de la Fe, 27 de marzo de 2017.
Gerhard Card. Müller
Presidente
Guido Pozzo
+ Arzobispo tit. de Bagnoregio
Secretario

5 comentarios:

  1. Parece que la concesión de la prelatura no va a ser inmediata, pues, en caso contrario, no habría sido necesario este reconocimiento, ya que vendría incluido en el otorgamiento de la prelatura personal.

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  2. Por cierto, ¿la foto del Papa sentado en ese sillón tan solemne es un montaje?

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    1. No, está tomada en 2014 en el exterior del santuario de Castelpetroso, en el sur de Italia.

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  3. La carta habla de "Vetus Ordo" y no de la desafortunada expresión de "Rito extraordinario"... Me parece muy buen.

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  4. Si lo he entendido bien, el obispo del lugar designará a un sacerdote diocesano para que reciba el “sí quiero” de los novios (y luego la Misa la celebrará el sacerdote de la Fraternidad, quien no habrá recibido el consentimiento). Y sólo si al obipo le da la gana, el sacerdote de la Fraternidad podrá haber ambas cosas: recibir el consentimiento + Misa posterior… Muy raro.

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